Actividades empresariales y profesionales (714-2011)
Hay que introducir el epígrafe de la actividad. Se distinguen dos casos:
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Que se lleve contabilidad ajustada al Código de Comercio
Los bienes y derechos afectos a actividades empresariales o profesionales se computarán por el valor que resulte de su contabilidad por diferencia entre el activo real y el pasivo exigible.
Si existieran bienes inmuebles afectos a la actividad económica, estos se valorarían por separado conforme a las reglas indicadas en la valoración de Bienes inmuebles, salvo que estos bienes formen parte del activo circulante y las actividades empresariales consistan exclusivamente en la construcción o en la promoción inmobiliaria.
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Que no se lleve contabilidad ajustada al Código de Comercio
En este caso, para valorar los bienes y derechos se aplicarán las demás normas del Impuesto sobre la Riqueza.