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Datos personales (109-2016)

Datos del contribuyente declarante

NOTA: Se marcará la casilla correspondiente en el caso de que se de el consentimiento o la revocación para ceder datos de identidad y contacto que aparecen sombreados en verde para los demás departamentos de la Diputación Foral de Gipuzkoa. (Si se presenta declaración individual y se consiente la cesión se cederán los datos de la persona interesada y no del cónyuge. Si se presenta declaración conjunta y se consiente la cesión se cederán los datos del declarante y cónyuge.

Una vez creada una declaración con el comando "Nueva declaración", del menú "Archivo", se rellenarán los datos personales del contribuyente declarante. Es aconsejable cumplimentar correctamente estos campos ya que parte de las deducciones calculadas se determinan aquí.

Se anotarán el NIF, sus apellidos y nombre, y algún dato de contacto como el teléfono o correo electrónico. A continuación se indicará su estado civil: soltero, casado, viudo, separado judicialmente o miembro de pareja de hecho constituida conforme a la Ley 2/2003, de 7 de mayo. En caso matrimonio o pareja de hecho constituida conforme a la Ley 2/2003, de 7 de mayo, se indicará el régimen económico de la sociedad conyugal o el régimen económico patrimonial de la pareja de hecho: gananciales, separación de bienes u otros.

Se anotarán la fecha de nacimiento y, en su caso, la de fallecimiento. Cuando el contribuyente sea persona con discapacidad, se indicará el grado de discapacidad. Además, si el grado de discapacidad es superior al 75% se indicará en la casilla "Puntos de ayuda de 3ª persona" la puntuación obtenida para determinar la necesidad de ayuda de tercera persona.

Cuando el contribuyente sea calificado como persona en situación de dependencia se indicará en la casilla grado de dependencia la calificación de la dependencia:

  • M, dependencia moderada
  • S, dependencia severa
  • G, gran dependencia

CASILLA "JUBILADO O ASIMILADO": 

1. A efectos de no poder reducir de la base imponible las aportaciones y contribuciones a EPSVs y PPs , la situación de jubilación se entenderá producida cuando el socio, participe, mutualista o asegurado acceda efectivamente a la jubilación en el régimen correspondiente de la Seguridad Social o en las entidades que lo sustituyan o actúen como alternativas a dicho régimen. A estos efectos, la jubilación anticipada, la flexible, la parcial y otras fórmulas equivalentes que en su caso se reconozcan tendrán la consideración de jubilación.

No obstante, en el supuesto de que el socio, participe, mutualista o asegurado acceda a la jubilación parcial, podrán ser objeto de reducción de la base imponible las aportaciones y contribuciones efectuadas para la situación de jubilación total.

2. Cuando no sea posible el acceso a la jubilación mencionada en el apartado anterior, la contingencia de jubilación se entenderá producida a la edad fijada en los estatutos del correspondiente Plan de Previsión Social, que no podrá ser inferior a los 60 años, y en caso de que no fijen una determinada edad, en el momento en el que se alcance la edad ordinaria de jubilación establecida en el régimen general de la Seguridad Social.

3. Los contribuyentes en situación de incapacidad tendrán la consideración de jubilados a los efectos de lo previsto en este artículo, en todo caso, a partir de la edad ordinaria de jubilación establecida en el régimen general de la Seguridad Social.

Destino del 0,7% de la cuota íntegra

En este apartado se puede optar por destinar el 0,7% de la cuota íntegra a colaborar con el sostenimiento económico de la Iglesia Católica, a otros fines de interés social o a ambos. Marque la casilla correspondiente a la opción deseada.

Datos del cónyuge o pareja de hecho, cuando ésta esté constituida conforme a la Ley 2/2003

Se anotarán el NIF, sus apellidos y nombre, la fecha de nacimiento y, en su caso, de fallecimiento. Cuando el cónyuge o pareja de hecho sea persona con discapacidad o sea calificado como persona en situación de dependencia las casillas "Grado de minusvalía", "Puntos de ayuda de 3ª persona" y "Grado de dependencia" se rellenarán en la forma indicada en el apartado del contribuyente.

Datos de Familia Numerosa

Se marcará con una “X” esta casilla si el contribuyente cumple con dicha calificación.

Vivienda habitual

Pulse el botón "Vivienda habitual" cuando la vivienda que constituya su residencia habitual sea una vivienda arrendada. Seleccione la opción vivienda arrendada, e introduzca a continuación el importe del alquiler satisfecho y los datos identificativos del arrendador.

Otras personas

Pulse el botón "Otras personas", para introducir los datos de otras personas integradas en la unidad familiar y los datos de otras personas que, aunque no formen parte de la unidad familiar, otorguen derecho a deducción en la cuota.

Hijos menores de edad

Se anotarán el NIF, sus apellidos y nombre, el importe de las rentas obtenidas durante el ejercicio, y su fecha de nacimiento y, en su caso, de fallecimiento.

Cuando proceda, se consignará una de las siguientes claves, en función de las siguientes situaciones:

C

En los supuestos de nulidad, divorcio o separación y parejas de hecho no constituidas conforme a la Ley 2/2003, de 7 de mayo, en los que la deducción por descendiente se prorratea por partes iguales entre los progenitores.

H

En los supuesto de hijos menores de uno sólo de los cónyuges (de relaciones anteriores) que generen el derecho a deducción por descendientes.

P

En los supuesto de hijos mayores de edad sometidos a patria potestad prorrogada.

En todos estos casos deberá determinar a quién corresponde (declarante o cónyuge) la deducción.

Cuando sean personas con discapacidad o sean calificados como persona en situación de dependencia, las casillas "Grado de minusvalía", "Puntos de ayuda de 3ª persona" y "Grado de dependencia" se rellenarán en la forma indicada en el apartado del contribuyente.

Otras personas que no forman parte de la unidad familiar pero generan derecho a deducción:

Descendientes mayores de edad, tutelados y acogidos

Se anotarán el NIF, sus apellidos y nombre, el importe de las rentas obtenidas durante el ejercicio, y su fecha de nacimiento y, en su caso, de fallecimiento.

Cuando proceda, se consignará una de las siguientes claves, en función de las siguientes situaciones:

C

En los supuestos de nulidad, divorcio o separación y parejas de hecho no constituidas conforme a la Ley 2/2003, de 7 de mayo, en los que la deducción por descendiente se prorratea por partes iguales entre los progenitores.

H

En los supuesto de hijos menores de uno sólo de los cónyuges (de relaciones anteriores) que generen el derecho a deducción por descendientes.

T

En el supuesto de persona tutelada y acogida.

En todos estos casos deberá determinar a quién corresponde (declarante o cónyuge) la deducción.

Cuando sean personas con discapacidad o sean calificados como persona en situación de dependencia, las casillas "Grado de minusvalía", "Puntos de ayuda de 3ª persona" y "Grado de dependencia" se rellenarán en la forma indicada en el apartado del contribuyente.

Ascendientes que convivan con el contribuyente todo el año

Se anotarán el NIF, sus apellidos y nombre, el importe de las rentas obtenidas durante el ejercicio, y su fecha de nacimiento y, en su caso, de fallecimiento. Se deberá determinar a quién corresponde (declarante o cónyuge) la deducción.

En la casilla "clave" se consignará el número de descendientes del mismo grado entre los que se va a prorratear la deducción por ascendientes.

Cuando sean personas con discapacidad o sean calificados como persona en situación de dependencia, las casillas "Grado de minusvalía", "Puntos de ayuda de 3ª persona" y "Grado de dependencia" se rellenarán en la forma indicada en el apartado del contribuyente.

Mayores de 65 años discapacitados o dependientes (no familiares)

Este apartado se rellenará en el caso de personas de edad igual o superior a 65 años que convivan con el contribuyente y que acrediten necesitar ayuda de terceras personas o movilidad reducida.

Se anotarán el NIF, sus apellidos y nombre, el importe de las rentas obtenidas durante el ejercicio, y su fecha de nacimiento y, en su caso, de fallecimiento.

En la casilla "clave" se consignará el número de contribuyentes entre los que se va a prorratear la deducción por discapacidad.

Hay que determinar como persona en situación de discapacidad o dependencia, las casillas "Grado de minusvalía", "Puntos de ayuda de 3ª persona" y "Grado de dependencia" se rellenarán en la forma indicada en el apartado del contribuyente.

Otros familiares discapacitados o dependientes

Este apartado se rellenará en el caso de parientes colaterales hasta el cuarto grado inclusive, cualquiera que sea su edad, que, dependiendo del contribuyente y no teniendo, aquellos familiares, rentas anuales superiores al doble del salario mínimo interprofesional sean invidentes, mutilados o inválidos, físicos o psíquicos, congénitos o sobrevenidos.

En la casilla "clave" se consignará el número de contribuyentes entre los que se va a prorratear la deducción por discapacidad. Deberá determinarse a quién corresponde (declarante o cónyuge) la deducción.

Hay que determinar como persona en situación de discapacidad o dependencia, las casillas "Grado de minusvalía", "Puntos de ayuda de 3ª persona" y "Grado de dependencia" se rellenarán en la forma indicada en el apartado del contribuyente.