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Por edad superior a 65 años (109-2012)

Los contribuyentes entre 65 y 75 años, podrán aplicar una deducción de 326,00 euros y los mayores de 75 años una deducción de 596,00 euros, en ambos casos y siempre y cuando:

En la declaración INDIVIDUAL, la Base Imponible General más la del Ahorro, sea inferior a 20.000 euros. De otro modo:

-  Si los contribuyentes mayores de 65 años tienen una Base Imponible (General + Ahorro)  superior a 20.000 e inferior a 30.000 euros la deducción es de:

326,00 – (0,0326(BI-20.000))

- Si los contribuyentes mayores de 75 años tienen una Base Imponible (General + Ahorro)  superior a 20.000 e inferior a 30.000 euros la deducción es de:

596,00 – (0,0596(BI-20.000))

 

En la declaración CONJUNTA, la Base Imponible General más la del Ahorro, sea inferior a 29.000 euros. De otro modo:

-  Si los contribuyentes mayores de 65 años tienen una Base Imponible (General + Ahorro)  superior a 29.000 e inferior a 39.000 euros la deducción es de:

326,00 – (0,0326(BI-29.000))

- Si los contribuyentes mayores de 75 años tienen una Base Imponible (General + Ahorro)  superior a 29.000 e inferior a 39.000 euros la deducción es de:

596,00 – (0,0596(BI-29.000))