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Información adicional de la reinversión de beneficios extraordinarios (200-2012)

Se consignará alguno de los códigos establecidos en función de la naturaleza del elemento transmitido:

  1. Inmovilizado intangible
  2. Terrenos y bienes naturales
  3. Construcciones
  4. Inmovilizado material: otros
  5. Participaciones financieras

Compromiso de reinversión: se consignará la cantidad que, del importe total de la venta o enajenación, la entidad se compromete a reinvertir en las condiciones y plazos establecidos en el artículo 22 de la Norma Foral 7/1996.

Ejercicios anteriores: el importe de las adquisiciones realizadas durante los ejercicios anteriores destinadas a materializar las cantidades acogidas a la reinversión de beneficios extraordinarios.

Ejercicio 2012: el importe de las adquisiciones realizadas durante el ejercicio 2012 destinadas a materializar las cantidades acogidas a la reinversión de beneficios extraordinarios.