Deducciones por actividades de mecenazgo (109-2013)
Los contribuyentes podrán aplicar las deducciones previstas para este impuesto en las Normas Forales reguladoras del régimen fiscal de las entidades sin fines lucrativos y de los incentivos fiscales al mecenazgo.
De forma resumida, se pueden citar las siguientes:
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Por donativos al mecenazgo y actividades prioritarias: 10%
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Por actividades prioritarias para contribuyentes en estimación directa: 18%
Base de la deducción
La base de esta deducción no podrá superar el 30% de la base liquidable.