Información adicional artículo 117.3 (200-2015)
Elemento transmitido: Se consignará alguno de los códigos, establecidos en función de la naturaleza del elemento transmitido, que se relaciona a continuación:
- Inmovilizado intangible
- Inmovilizado material
- Inversiones inmobiliarias
- Inversiones en empresas del grupo y asociadas a largo plazo
- Inversiones financieras a largo plazo
- Inversiones en empresas del grupo y asociadas a corto plazo
- Inversiones financieras a corto plazo
- Otros
Fecha adquisición: Se especificará la fecha de adquisición del elemento transmitido.
Fecha transmisión: Se consignará la fecha en la que se realiza la transmisión.
Valor neto contable: Valor neto contable del elemento en el momento de la transmisión.
Valor transmisión: Importe por el cual se ha transmitido el elemento patrimonial.
Corrección monetaria: Se consignará el importe de la corrección monetaria resultante de la aplicación del apartado 9 del artículo 40 de la NF 2/2014.
Otros ajustes: Importe a aplicar resultante de otros ajustes.