Bonificación (714-2014)
Tras la integración en la base de los valores de los siguientes bienes, se aplicará una bonificación del 75% de la parte de la cuota íntegra que corresponda a los mismos.
Bienes:
- Elementos afectos a actvidades siempre que éstas ejerzan de forma habitual, personal y directa y constituyan la principal fuente de renta.
- Acciones y participaciones en determinadas entidades siempre que se cumplan una serie de condiciones.
Ejemplos para cálculo de bonificaciones:
Ejemplo 1
500.000 de inmuebles
500.000 de actividades con bonificación
1.000.000 de valoración de bienes
0 de deudas
1.000.000 de base imponible
700.000 de reducción
300.000 de base liquidable
750 de cuota íntegra
Bonificación
500.000/1.000.000 = 0,5 (el 50% de la base imponible se debe al valor neto del bien bonificado). La bonificación es el 75% de la cuota íntegra que corresponde al bien bonificado.
Bonificación = 0,75 x 0,5 x 750 = 281,25
Ejemplo 2
500.000 de inmuebles
200.000 de actividades sin bonificación
300.000 de actividades con bonificación
1.000.000 de valoración de bienes
100.000 de deudas de actividades con bonificación
100.000 de otras deudas
800.000 de base imponible
700.000 de reducción
100.000 de base liquidable
250 de cuota íntegra
Bonificación
(300.000 – 100.000/800.000 = 0,25 (el 25% de la base imponible se debe al valor neto del bien bonificado). Bonificación = 0,75 x 0,25 x 250 = 46,87