Deducción por inversiones y por otras actividades (109-2015)

Los contribuyentes que realicen actividades económicas y determinen sus rendimientos a través del régimen de estimación directa podrán aplicar las deducciones para incentivar las inversiones en activos fijos materiales nuevos y para realizar determinadas actividades previstas en la normativa del Impuesto sobre Sociedades, con los mismos porcentajes y límites previstos en dicha normativa.

Estas deducciones son las siguientes:

 

 

RESUMEN: Deducciones para el fomento de las actividades económicas

 

Inversiones en activos no corrientes nuevos

10% -5%

 

Producciones españolas cinematográficas o audiovisuales

30%

 

Edición de libros

5%

 

Investigación y desarrollo

30%

50% del exceso respecto de la media de los gastos efectuados en los dos años anteriores

20% de gastos de personal a investigadores cualificados

10% de las inversiones en elementos de inmovilizado material e intangible afectos a actividades de investigación y desarrollo

 

Innovación tecnológica

15% - 20%

 

Inversiones y gastos vinculados a proyectos que procuren el desarrollo sostenible, la conservación y mejora del medio ambiente y el aprovechamiento más eficiente de fuentes de energía

Listado Vasco de Tecnologías Limpias: 30%

Inversiones para la limpieza de suelos contaminados, etc.:15%

 

Creación de empleo

4.900,00 €

9.800,00 €

 

 

 

Las deducciones estudiadas serán incompatibles con cualesquiera otros beneficios tributarios relacionados con las mismas inversiones o gastos, excepto en lo que se refiere a la libertad de amortización y la amortización acelerada.



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