Presentación de la declaración (184-2013)
Por medio de esta opción podrá transmitir, grabar e imprimir las declaraciones con el formato oficial publicado en el BOG para su presentación ante la Hacienda Foral.
Para la presentación de la declaración deberá rellenar los datos del presentador: NIF, nombre y apellidos o razón social y domicilio además del nombre y apellidos de de persona con quien relacionarse y el teléfono de contacto.
Se podrá presentar la declaración mediante:
Aquellos obligados tributarios que estén incluidos en el artículo 1.1 de la Orden Foral 1011/2010, estarán obligados a presentar el modelo informativo exclusivamente por vía electrónica.
Esta forma de presentación permite al usuario consultar las declaraciones presentadas y es la forma de presentación recomendada para todas las empresas, empresarios y profesionales y asesores profesionales o representantes.
Una vez confeccionada la declaración, se procederá, a través del comando presentación de la declaración, a generar el fichero que ha de transmitirse. Siguiendo los pasos del programa se accede al portal de Gipuzkoataria y tras la identificación correspondiente se transmitirá la declaración.
Para la presentación colectiva, una vez seleccionada la opción, el procedimiento a seguir es el siguiente:
1. Se deberá rellenar los datos del presentador (NIF, Apellidos y nombre, domicilio...)
2. Elija el lugar donde desea guardar el fichero que contiene la declaración colectiva. Por defecto se guardará en el directorio de instalación del programa.
3. Seleccione las declaraciones que desea grabar y por lo tanto presentar.
4. Acceda al Portal de Servicios Informáticos "Gipuzkoataria”.
5. Entre en el portal utilizando la firma electrónica y siga los pasos para la presentación de los modelos informativos dentro del apartado Declaraciones telemáticas.
Comprobante de la transmisión: después de realizarse la transmisión se visualizará una página que servirá como comprobante de la presentación de la declaración. Este comprobante, similar al ejemplar para el interesado de la hoja resumen del impreso en papel, podrá imprimirse o guardarse en su ordenador.
Declaraciones complementarias o sustitutivas: una vez transmitida la declaración, también pueden transmitirse declaraciones complementarias o sustitutivas de la misma:
• Declaraciones complementarias: cuando se incluyan datos no relacionados en la declaración originaria.
• Declaraciones sustitutivas: cuando se sustituya alguna declaración presentada anteriormente.
En ambos supuestos, el sistema detecta la existencia de la declaración originaria, lo pone en conocimiento del usuario y ofrece el comprobante de la transmisión.