Quienes pueden utilizar esta forma de presentación (182-2008)
Pueden utilizar este programa y sus formas de presentación todas las entidades que tengan obligación legal de presentar el modelo 182.
Están obligados a presentar el modelo 182 las entidades perceptoras de donativos que den derecho a deducción por el Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas, el Impuesto sobre Sociedades o por el Impuesto sobre la Renta de No Residentes, cuando los donantes hubieran solicitado certificación acreditativa de la donación a efectos de la declaración de su impuesto personal.
Asimismo están obligados a la presentación del modelo 182, los administradores o titulares de patrimonios protegidos, los sindicatos de trabajadores y los partidos políticos.