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Datos de la entidad (184-2013)

Entidades en régimen de atribución de rentas con domicilio fiscal en el Territorio Histórico de Gipuzkoa:

Clave tipo entidad

Consignará la clave numérica correspondiente al tipo de entidad según la siguiente relación:

1.       Sociedad Civil.

2.       Comunidad de bienes.

3.       Herencia yacente.

4.       Comunidad de propietarios.

5.        Otras.

Clave actividad principal

Se consignará la clave numérica que corresponda a la actividad principal realizada por la entidad de las cinco siguientes:

1.       Actividad empresarial.

2.       Actividad profesional.

3.       Tenencia y administración de bienes inmuebles.

4.       Tenencia y administración de valores o activos financieros.

5.       Otras.

Entidades en régimen de atribución de rentas constituidas en el extranjero:

Clave tipo entidad

Consignará la clave numérica correspondiente al tipo de entidad de las cuatro siguientes:

1.       Corporación, asociación o ente con personalidad jurídica propia.

2.       Corporación o ente independiente pero sin personalidad jurídica propia.

3.       Conjunto unitario de bienes pertenecientes a dos o más personas en común sin personalidad    jurídica propia.

4.       Otras.

Clave objeto actividad

Se hará constar la actividad o finalidad a la que principalmente se dedica la entidad declarante:

A. Realización de una actividad de naturaleza empresarial (actividad productiva, extractiva, industrial, comercial, de distribución de bienes o productos, etc.).

B. Realización de una actividad de naturaleza profesional (asesoramiento, consultoría, mediación, actividad artística, etc.)

Clave país. Si la entidad en régimen de atribución de rentas está constituida en el extranjero, deberá consignar como clave país los dígitos correspondientes al país o territorio en el que esté constituida, de acuerdo con la relación de códigos de países y territorios aprobados en el anexo III de la Orden Foral 1070/2011.

Porcentaje de renta atribuible a miembros residentes. Consignará el porcentaje correspondiente a la parte de renta que resulte atribuible a los miembros residentes de la entidad.

Tributación en régimen del Impuesto de Sociedades: Si todos lo miembros de la entidad en régimen de atribución de rentas son sujetos pasivos del Impuesto sobre Sociedades o contribuyentes por el Impuesto sobre la Renta de no Residentes con establecimiento permanente, se seleccionará esta casilla.

Importe volumen de operaciones: A los efectos se considera volumen de operaciones del conjunto de las actividades económicas desarrolladas por  la entidad, el importe total de las contraprestaciones, excluido el Impuesto sobre el Valor Añadido y el Recargo de Equivalencia, en su caso, obtenido por la entrega de bienes y prestaciones de servicios realizadas.