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Determinación de la situación personal y familiar (109-2015)

Las circunstancias personales y familiares que deben tenerse en cuenta para aplicar estas deducciones se determinarán a 31 de diciembre. Para el cómputo de las deducciones en ningún caso se efectuará el cálculo proporcional al número de días del año natural en que se hayan dado las circunstancias exigidas para la aplicación de las mismas.

En el caso de fallecimiento de la persona que genera el derecho a la deducción, las circunstancias personales y familiares a tener en cuenta para aplicar estas deducciones se determinarán a la fecha de fallecimiento de dicha persona, sin que el importe de las deducciones se reduzca proporcionalmente hasta dicha fecha.