Pantalla Completa

Información adicional artículo 27.2 d) (220-2013)

Elemento transmitido

Se consignará alguno de los conceptos, establecidos en función de la naturaleza del elemento transmitido, que se relaciona a continuación:

  1. Inmovilizado intangible

  2. Inmovilizado material

  3. Inversiones inmobiliarias

  4. Inversiones en empresas del grupo y asociadas a largo plazo

  5. Inversiones financieras a largo plazo

  6. Inversiones en empresas del grupo y asociadas a corto plazo

  7. Inversiones financieras a corto plazo

  8. Otros

Fecha adquisición

Se especificará la fecha de adquisición del elemento transmitido.

Fecha transmisión

Se consignará la fecha en la que se realiza la transmisión.

Valor neto contable

Valor neto contable del elemento en el momento de la transmisión.

Valor transmisión

Importe por el cual se ha transmitido el elemento patrimonial.

Corrección monetaria

Se consignará el importe de la corrección monetaria resultante de la aplicación del apartado 9 del artículo 15 de la Norma Foral 7/1996.

Otros ajustes

Importe a aplicar resultante de otros ajustes.