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Reducciones de la base imponible general (109-2014)

Concepto y clases de reducciones

La aplicación de las reducciones en la base imponible no podrá dar lugar a la obtención de una base liquidable negativa ni al incremento de la misma.  

Contribuyente: Seleccione el contribuyente que tenga derecho a practicar la reducción.

Reducciones por pensiones compensatorias a favor del cónyuge o pareja de hecho, cuando la pareja de hecho está constituida conforme a la Ley 2/2003, de 7 de mayo, y anualidades por alimentos: Satisfechas ambas por decisión judicial. Introduzca el importe de la pensión o anualidad satisfecha, con excepción de las fijadas en favor de los hijos del contribuyente, e identifique a la persona perceptora de la misma.

Reducciones por aportaciones a mutualidades, planes de previsión asegurados, planes de pensiones, planes de pensiones regulados en la directiva 2003/41/CE, EPSV, planes de previsión social empresarial y seguros de dependencia: Se identificará a la entidad (anotando el NIF y denominación) y se anotarán las cantidades abonadas a la mutualidad y/o aportaciones realizadas por los socios de EPSV y partícipes de planes de pensiones y las contribuciones del socio protector o del promotor, respectivamente, imputadas en concepto de rendimientos de trabajo.

Claves:

"M" para las aportaciones realizadas por el contribuyente minusválido con un grado de minusvalía física o sensorial igual o superior al 65%, psíquica igual o superior al 33% o cuya incapacidad se haya declarado judicialmente.

"A" para las aportaciones a favor del cónyuge o pareja de hecho, cuando la pareja de hecho esté constituida conforme a la Ley 2/2003, de 7 de mayo.

"F" para las aportaciones a favor de minusválidos con un grado de minusvalía física o sensorial igual o superior al 65%, psíquica igual o superior al 33% o cuya incapacidad se haya declarado judicialmente.

"P" para las aportaciones por deportistas profesionales.

No es necesario introducir ninguna clave para el resto de las aportaciones a planes de pensiones y EPSV realizadas por el contribuyente.

El exceso de las aportaciones a planes de pensiones y EPSV que no hayan podido ser reducidas en los ejercicios anteriores se anotarán en la pantalla Compensaciones de ejercicios anteriores, a la que se accede desde apartado Base en el menú general.